BAYUNGA (SANTACARA)
I.
INTRODUCCIÓN
El
significado de la palabra Bayunga nos es desconocido.
La
primera referencia escrita en la que se relaciona a Caparroso con el riego es
cuando el rey Pedro I de Aragón y Navarra, exhortado por el Papa a la guerra
contra los infieles, respondió inmediatamente publicando la Cruzada en sus
reinos y poniendo cerco a Zaragoza en la que dominaban los moros. Tras
prolongados esfuerzos abandonó la empresa y se retiró a su frontera para
asegurarla. En 1.102, en agradecimiento
a que los pueblos de la Ribera le habían servido bien la defensa de su frontera
y especialmente le habían guarnecido todo el valle de Funes, dio primero a los
de Marcilla y luego a los de Caparroso y Rada “todo dominio del agua para regar
y levantar molinos” (Moret III, página 150 y siguientes). También en el fuero
dado a Caparroso, se cita “se partió el regadío del Cidacos con Tafalla, Olite
y San Martín de Unx, dando ocho días a cada uno”.
En cuanto a la
primera noticia referente al riego de Bayunga es del 10 de febrero de 1.230, cuando
don Guiso, hijo de don Jimeno Aznárez de Rada, dona una pieza en Rada al Hospital
de San Juan de Jerusalén, y para limitarla señala: “.... y per nomine delant de
Traymales, et es a los límites de las piezas de ..... in fronte illo riego de
Bayunga”.
En noviembre de 1940, Manuel Maldonado,
secretario de la Comunidad de Regantes, redacta en el Libro de Actas una
pequeña historia de la acequia Bayunga. En ella señala como partícipes
iniciales a Caparroso y Rada, a los que más tarde aparece unido Santacara.
Así
lo deduce de los pergaminos existentes (en aquel momento en el Ministerio de
Obras Públicas, del que se dice, se solicitará su devolución) y que por su
interés histórico los cita resumidos, pero que no los ha leído:
Año
de 1.347. Sentencia entre Caparroso y Rada sobre regar y días que cada uno
puede usar del agua.
Año
de 1.422. Sentencia entre Caparroso y Rada de una parte, y Santacara de otra,
sobre lo que toca reconstruir a cada uno en la presa que está sobre el molino,
y castigo que se impondrá al que falte.
No
reflejo los demás que señala, pues no interesan al caso. El error se da en que
el primero se refiere al riego de la presa del río Cidacos, no del Aragón; y
que entre esas dos sentencias existe otra, de 1.376, que es la clave para
comprender la verdadera historia.
II.
SENTENCIA DE 1.376
Las
villas de Caparroso y Rada poseían a solas, en tiempo remotísimos, una acequia,
cuyas aguas se tomaban del río Aragón, pero tuvieron la desgracia de que las
avenidas del río les llevaron la presa, imposibilitando construir otra nueva.
Por ello rogaron al concejo de Santacara que les permitiera aprovecharse del
agua que esta villa extraía del río Aragón, ofreciéndole a cambio contribuir a
los gastos del sostenimiento de su azud y a la limpieza del cauce de su
acequia.
Aceptado
por Santacara el ofrecimiento, su resultado fue una triste experiencia, pues
pronto Rada y Caparroso comprobaron que de este modo no se satisfacían las
grandes necesidades de sus campos, pues con el agua que les dejaba Santacara,
apenas podían regar una tercera parte de ellos, siendo el resultado que los dos
pueblos vinieron a caer en el mayor abatimiento.
En aquella época reinaba Carlos II el
“Malo”, para los franceses, cuyo corazón se encuentra en Ujué y entre sus
grandes cualidades destacó la de ser muy aficionado a la agricultura, y
deseando su fomento, publicó con las gentes de su Consejo un ordenanza para que
se mantuviesen en pie los antiguos regadíos y se construyeran otros nuevos.
Alentadas
por esta providencia del soberano, las villas de Caparroso y Rada concibieron
el proyecto de abrir una nueva acequia en el río Aragón. Para ello comenzaron a
construir una presa, entre las peñas, cerca de los huertos de los de Santacara,
en un lugar llamado Tamariz. Enterados los vecinos de Santacara se presentaron
en el lugar resistiendo la realización de la obra, diciendo que aquel regadío
no se podía ni debía abrir por el gran daño que recibirían en sus heredades y
no consentían su construcción.
Antes
estos acontecimientos, acudieron las villas de Caparroso y Rada al soberano relatando
los sucesos con una sentida exposición del estado lamentable en que se
encontraban ambas poblaciones por la pérdida de su regadío y reclamando la
protección real para la indicada empresa, ofreciéndose a compensar a Santacara
los daños que recibieran.
Al instante, fueron nombrados dos comisarios
regios, Ximen Pérez de Peina, abogado de la Corte, y Pedro Gil de Solchaga,
alcayde del castillo de Santacara, para que trasladándose a esta villa hiciesen
vista ocular del lugar por donde las dos villas intentaban construir su nuevo
regadío. El encargo consistía en que, si no eran muy grandes los daños que se
habían de ocasionar a los de Santacara, mandasen inmediatamente abrirlo a
condición de indemnizar de los daños que se causasen; y si, por el contrario,
habían de ser de mucha monta los perjuicios, entonces, se abstuviesen de abrir
el regadío, haciendo relación mediante carta cerrada y sellada del daño que se
les seguiría y asignasen a las partes para que hiciesen su presentación ante el
Consejo Real.
Partieron los comisarios y llamaron con
ellos a ciertos hombres buenos de los concejos. Después de inspeccionado el
terreno, persuadidos del gran coste que tendría para los de Caparroso y Rada la
realización de su pensamiento y, por otro lado, que también serían de
consideración los daños que se habían de originar a los de Santacara, se
propusieron conciliar los intereses de los tres pueblos. Para ello convocaron a
las personas más influyentes de las localidades para una conferencia, que por
el momento dio un resultado satisfactorio, pues con consentimiento y placer de
todos acordaron los comisarios un convenio, por el que la presa fuese común también
para Rada y Caparroso, asegurándoles el riego por lo menos en cinco días de la
semana. A cambio, los de Caparroso y Rada, ayudarían a los de Santacara a
reparar toda su presa y limpiar su río hasta las ruedas en principio, y después
a mantener la mitad de su presa y limpiar la mitad del río en cada año una vez;
y que los de Santacara no pudiesen embargar el agua ni echar las paraderas en
el río, uno o lo más dos días por semana, de sol a sol.
Su
incumplimiento llevaba consigo una multa de 60 sueldos, 20 para el rey, otros
20 para los concejos perjudicados y los otros 20 para para los zabacequias o
guardas; los representantes de Santacara no estaban conformes con estas
sanciones, pues no querían penalidad alguna.
Semen
Périz hizo relación del acuerdo a las gentes del Consejo y por el rey fue
mandado que fuese pronunciado por sentencia. Queriendo los comisarios darle ese
carácter de sentencia, para que fuese mayor su estabilidad y firmeza, citaron a
las tres villas para que compareciesen ante ellos en Meanedo, término de
Traibuenas, punto intermedio, con el fin de escuchar el acuerdo alcanzado. Acudieron
al lugar representantes y vecinos de los tres pueblos y al comenzar a leer el
dictamen, hubo gran oposición por parte de los de Santacara diciendo que ni
querían su compañía (en referencia a Caparroso y Rada) ni ayuda, en aquello que
sus antecesores les habían edificado y mantenido, ni consentían en sentencia
alguna, antes la contradecían en todo y por todo.
En
vista de ello, Caparroso y Rada mostraron otro lugar donde levantar la presa y
abrir río. Santacara respondió que aquel lugar les era muy dañoso y no
consentían en ello. Les manifestaron otro tercer lugar, en el cual tampoco
concordaron las partes. En razón de ello, los comisarios remitieron al soberano
la decisión del asunto, emplazando a las villas para que se presentasen ante el
rey o su Consejo.
Llegado el día asignado aparecieron
representantes y procuradores de los concejos de Caparroso, Rada y Santacara,
entre ellos su alcalde, Pascual Cabero. Oído en Consejo cuanto las partes
creyeron conveniente exponer y alegar y, consultado además el negocio con
personas imparciales e inteligentes y foreros, se pronunció sentencia el 22 de
agosto de 1.376, viniéndose en ella a mandar en lo esencial, lo mismo que
habían acordado los Comisarios. Los concejos de Caparroso y Rada hagan una vez
al año la limpia de la acequia, empezando del bocal de la presa hasta las
ruedas de Santacara y en adelante los de Santacara la limpien entre año; y la
presa adoben y reparen a perpetuo la mitad los de Caparroso y Rada y la otra
mitad los de Santacara; y así bien que los de Caparroso y Rada, sin los de
Santacara limpien la acequia de las ruedas abajo, de tal manera que las ruedas
no se engorguen y puedan bien andar y moler; y que los de Santacara, tomen toda
el agua de dicho río dos días en cada semana, de sol a sol, son a saber el
martes y el miércoles. En caso de que los concejos de Caparroso y de Rada no
limpien la acequia y no adoben o reparen a perpetuo la mitad de la presa, que
no tomen ni puedan tomar ni aprovecharse de la dicha agua. La multa o calonía
queda reducida a 30 sueldos.
III.
LA SENTENCIA DE 1.422
Según
la sentencia última dada por el Consejo del Rey en Olite, los pueblos de
Caparroso y Rada debían llevar el agua para sus regadíos por el río y acequia
susana que pasa por sobre los molinos de Santacara, tomando estos continuamente,
dos moladas de agua.
Cuentan
los de Caparroso y Rada que para cumplir con la sentencia dictada gastaron
grandes sumas de dineros en la construcción de la acequia de arriba, pero en el
verano y en tiempos que se necesitan regar sus términos y heredades más a
menudo, apenas bajaban las dos moladas y por ello no podían regar
suficientemente sus tierras, por cuanto los molinos ocupaban continuamente las
dos moladas de agua. Por cuya razón a estos pueblos se les seguían grandes daños y perjuicios siendo enormemente disminuidas
sus producciones.
Acuden
al Rey para que medie con los de Santacara con el fin de que les permitan abrir
una acequia nueva de regadío, que comenzaría junto a los molinos de Santacara,
más en concreto, donde el molino de batán* o, por donde mejor y más conveniente
fuere, para conectar con la acequia y regadío antiguos, por donde hayan de
elevar el agua que desciende de los molinos para el regadío.
A
esta propuesta, el procurador de Santacara, responde que a sus vecinos el abrir
esta acequia en los molinos, les va a ser muy perjudicial. De momento, el
molino de batán, por la apertura de la nueva acequia, se perdería; y así bien,
como la acequia pretendida tenía que atravesar por heredades y por los sotos de
Santacara causaría gran daño y perjuicio a los vecinos. Empero que por dar
lugar al bien, paz y sosiego de los pueblos y concejos, estaba presto a cumplir
con todo aquello que el Rey y los del Consejo mandaran a causa del nuevo
regadío, pero también esperaban ser satisfechos de los daños que se recibiesen
a causa de la apertura de la acequia.
Hubo
diversas propuestas y muchas alteraciones entre los procuradores de los pueblos
sobre los criterios de ambas partes. Finalmente, vista por los del Consejo el
lugar por donde sería más útil y conveniente el abrir la nueva acequia,
señalaron que esta haya de salir de los molinos a la acequia vieja por la cual
regaban los de Caparroso y Rada en los tiempos antepasados y que la obra debía
estar finalizado para San Miguel; todo por bien de paz y concordia de los
pueblos. La sentencia está desarrollada en veintidós artículos.
Acordaron,
además, que los de Caparroso y Rada puedan tomar durante los meses de abril,
mayo y junio de este año toda el agua durante tres días de cada semana y
domingos por la acequia de sobre el molino, sin que sean obligados a pagar cosa
alguna a los de Santacara.
En compensación a la nueva concesión, los
de Caparroso y Rada están obligados a construir y mantener dos puentes sobre la
acequia que abrirán de nuevo, para que por ellos puedan pasar los de Santacara
a sus heredades, y además serán forzados a hacer y mantener dos canales para
que puedan regar las fincas que van a quedar aisladas.
El
cambio más radical se refleja en la proporción que cada comunidad aporta en el
mantenimiento de la presa y acequia. En la reparación de la presa y limpieza de
la acequia, en el tramo que va desde el bocal hasta la muga, los de Caparroso y
Rada estarán obligados a soportar dos partes de la carga y los de Santacara la
tercera parte y en el tramo que va desde la muga hasta el molino, Santacara
sufrirá una parte y Caparroso y Rada tres.
Por
cuanto el molino de batán se ha de perder por la apertura de la nueva acequia,
en compensación y enmienda de aquel, los de Caparroso y Rada, tendrán que
aprontar a la presa, doscientas carretadas de piedra en los cuatro próximos
años, cincuenta cada año, a cuenta de lo que le tocare echar a los de
Santacara.
La
tres comunidades se obligan, de aquí en adelante, a echar en la presa
cuatrocientas carretadas de piedra cada año para el día y fiesta de San Lucas
del mes de octubre.
Los vecinos de Caparroso y Rada están
obligados a desengorgar los molinos harinero y sierra para su buen
funcionamiento. En caso de discordia en cualquier asunto referido en esta
concordia, será resuelto por el alcalde de Mélida.
*Batán:
(del árabe hispánico que significa “golpear”) es una máquina accionada por
fuerza hidráulica, dotada de dos o más mazos de madera de gran tamaño
encargados de golpear rítmicamente telas y tejidos recién urdidos. La finalidad
es trabar y apelmazar las tramas del tejido para dotar a la tela de mejor
textura, resistencia y calidad.
IV.
LA PRESA (Azud, barrera)
Según la sentencia de 1.422, en
la construcción, reparo y sostenimiento de la presa, Santacara correrá con 2/6,
Rada 1/6 y Caparroso 3/6 de su coste.
Se comenta que la presa que se llevó el río
en 1.524 solía ser de madera, estacas y ramas; aunque como se ha señalado,
también se aportaban piedras, de una o media carretada*.
¿Cómo se realizaban las obras? Primeramente,
se redactaba un condicionado de las obras a realizar por un constructor o un
perito contratado por las villas, quien tasaba el precio de las obras y fecha
de finalización. A continuación, se colocaban carteles en los pueblos de
alrededor; dependiendo del volumen de la obra se pegaban en los pueblos más
cercanos o alejados e importantes. Llegado el día de la subasta se encendía una
candela y comenzaba la puja al alza, quedando el precio en la última oferta
dada antes de apagarse la vela. A veces
corría el veinteno (20 días) y se celebraba otra subasta en las mismas
condiciones, quedando definitivamente fijado el precio. El pago de las obras se
realizaba por tercios; una parte al comienzo de las obras; otra segunda a mitad
y la tercera una vez finalizada y tras la revisión de la obra por peritos nombrados
por las villas y constructor; en caso de discordia los peritos nombraban un
tercero que dilucidaba la cuestión.
Para costear estos gastos extraordinarios
solicitaban permiso al Consejo para poder tomar dineros en préstamo. Otras
veces pretenden cargar los gastos a otros apartados del Ayuntamiento, como es
el ramo de Propios o el de Efectos vecinales (comunes), con la promesa de
devolverlo, a veces todo lo retraído, y otras veces la mitad. Incluso Caparroso
estuvo tentado de vender unas acciones que poseía del Banco Nacional.
El mayor enemigo de las presas lo
constituían las avenidas. Casi todos los años se producían en mayor o menor
intensidad, con lo que de continuo había que acudir con piedra a su
fortalecimiento, en el mejor de los casos y, regularmente a su reconstrucción.
Hacia el año 1.670 tras las últimas
avenidas que inunda todo, el río amenaza con cambiar de madre de lo que resultará quede la presa en seco.
Las tres comunidades estudian el modo de solucionarlo, pero encuentran
dificultoso y costoso el divertir todo el río Aragón de su nueva madre,
echándola por diferente camino. Tras diversos informes de peritos, les parece
que el más conforme a razón y de menos coste, es abrir una zanja por el soto de
Ripagayças, perteneciente a Santacara, y levantando una estacada en la madre
actual hacer que tome madre por dicha zanja y venga derecho a la presa, dejando
la madre que ahora lleva. Santacara se opone argumentando el gran daño que le
produciría, el escaso valor que se le da al terreno y el querer comprar
solamente la parte que ocupa la acequia y no todo el soto. También se planteó
comprar a Murillo el Fruto el soto del Batán para abrir río nuevo desde más
arriba. Treinta años más tarde andaban a vueltas con obras en Ripagaiças.
Aprovechando
la inundación de 1.767, los vecinos y concejo de Santacara acuerdan partir el
Soto López. Cuentan que las grandes avenidas que han ocurrido últimamente les
han ido llevando las heredades de regadío que tenían en la parte de esta villa,
de modo que hace muchos años los ha dejado sin tierra alguna para poder
sembrar, encontrándose en la más absoluta pobreza. Añaden que de la otra parte
del río Aragón hay una corraliza que llaman Soto López y la arrienda la villa
para hierba, aunque también tienen heredades propias algunos vecinos que riegan
de la presa y regadío de la villa de Mélida y, deseando ocurrir al alivio y
poder mantenerse, han determinado que en dicha corraliza de Soto López y
parajes más útiles que puedan tener riego, se roture una porción de 400 a 500
robadas y que estas se repartan entre los vecinos de forma igualitaria,
corriendo de su cuenta el roturarlas y ponerlas en disposición de cultivo; con
la condición de no poder vender su porción a forastero.
Hacia el año
1.880 el río Aragón se ha desviado de su cauce, y con él ha dejado
completamente aislada la presa llamada antigua, de piedra, bien consolidada, en
la que están situados el puerto de flotación y la
casa Compuertas que regula a voluntad la entrada de aguas, pero desviada
de la corriente, pues se ha dirigido hacia la margen izquierda. La presa nueva
está situada 800 metros más arriba de la anterior y mide 150 metros, construida de crecidos bloques de piedra arenisca, y piedra
perdida, por la que discurre un corto caudal de aguas que dirige hacia
la presa antigua, en el Rinconal del barco.
Otra gran avenida fue la de 1.926 que requirió un gasto de más de 200.000 pesetas. Pocos años después, la Junta de Regadío de Caparroso, por medio de una carta muy dura, reclama colaboración a los dueños de Traibuenas señalando que se aprovecha de las aguas de Bayunga y no pagan nada, remarcando que en 4 años ha gastado 300.000 pesetas.
*Carretada:
40 arrobas; Una arroba 13’392 Kilos. Total: 535 kilos.
IV.1.
Almadías
Otro de los
peligros para las presas eran las almadías. No he encontrado que se cobrase el
tránsito de las almadías en especie, es decir, en maderos; el arriendo se
subastaban al mejor postor. Sobre el arriendo del salto de las almadías hay
documentos desde 1.525 a 1.786. El primero de los arriendos se celebra en la
plaza de Santacara, estando presentes los representantes de las tres
comunidades. Tenía una duración de 3 años, comenzando el día de San Gregorio, 9
de mayo. Así como en el primero de los arriendos el importe obtenido es de 28
ducados anuales, esta cantidad se reduce a 6 posteriormente y, al final del
periodo señalado, no llega ni a esa cuantía. Tenían por costumbre cerrar el
puerto desde San Juan de junio por bajar poca agua.
Sobre el paso de las almadías y los maderos
hay bastantes pleitos. En 1.596 las propietarias de la presa acusan a Agustín Pérez,
vecino de Hecho (Huesca), de que el día de Santa Cruz de mayo, entre las tres y
las cuatro horas de la tarde, bajó por el río 14 almadías salvando la presa por
muy diferentes partes y no por el puerto destinado para pasarlas, rompiendo y destrozando
con ello un gran pedazo de la presa, sufriendo un daño de más de 1.000 ducados.
Se manda que Agustín Pérez dé fianzas suficientes para responder a la justicia
en la Corte y pagar lo juzgado, de lo contrario, cualquier oficial real se
asegure de su persona y lo traiga preso a las cárceles reales. El proceso quedó pendiente.
En el
año 1.606, el día de San Marcos, la historia se repite; esta vez con 11 vecinos
de Hecho. Se les acusa de que fueron a saltar la presa por donde menos agua
había y hubo que sacarlos haciendo fuerza con trancas, abriendo un portillo en
la presa que se ha ido acrecentando. Quedaron absueltos.
En
1.599, Miguel de Lesaca, vecino de Mélida, acusa a Miguel de Zoco, vecino de
Tafalla, de haberle hurtado 50 maderos de más de 400 que tenía depositados en
el arenal, el puerto que llaman de Santacara, donde se recoge y desembarca la
madera que baja en almadías por el río Aragón, allí estaban apilados y
entablados con sus aparatos. Había de todas clases: docenes, catorcenes y
secenes*. Zoco, por el contrario, alega eran suyos, pues se los había comprado
a un vecino de Santacara y tenían su marca; algunos, incluso tuvo que buscar
entre los maderos del demandante, porque estaban mezclados. El proceso quedó
pendiente.
*Las
almadías se montan con varios maderos de la misma longitud; si miden 4'60
metros, se llaman docenes (12 medias varas); si 5'50, catorcenes (14 medias
varas); si 6'40, secenes (16 medias varas). Los maderos de 8 ó 10 metros son
los aguilones.
IV.2. El barco pedrero
Como
su nombre indica, era un barco utilizado para cargarlo con las piedras
aportadas por las villas a la orilla del río y descargarlas en la presa para su
afianzamiento y reparo.
El
condicionado con que se saca en subasta la construcción de un barco pedrero
para la presa del regadío es el siguiente: Su valor será de 160 duros. Ha de
ser su largura 30 pies* (8’36 m.) por 10 de ancho (2’75 m.) Toda la madera ha
de ser de pino de buena calidad y limpia de nudos, que antes de trabajar será
reconocida para ver si es conforme a esta condición. El barco ha de ser bien
estopeado con estopa de cáñamo y bien empegado con pez de buena calidad por
dentro y fuera. Con sus tablones bien clavados, para que aguante la carga de
piedra. Una vez construido el barco será de cuenta del empresario ponerlo en la
playa, sobre la presa del regadío de Bayunga y antes y después de botarlo será
reconocido, para ver si hace agua, y también en término de 8 días responderán
de que no la haga.
En
otro condicionado se añade que el barco debe tener un banco o tablado sobre él,
que vuele por cada lado media vara fuera del barco, para poder con más
comodidad cargarlo de piedra y entrar esta con facilidad a la presa.
Entre
las vicisitudes del barco pedrero encontramos que en 1.891 el celador de
caminos de Diputación solicita del presidente de la Junta de Regadío el barco
para la reconstrucción del puente de Sangüesa y verificar provisionalmente el
paso del río. Una vez concedido el permiso y pasados siete meses, escribe de
nuevo el celador indicando que el barco ha sido conducido al punto donde se
tomó, que es encima de la presa de Santacara, relevando a Diputación de las
condiciones que se le impusieron y darles las gracias. La fecha y tiempo
transcurrido coincide con la sustitución del puente de piedra de Sangüesa por
el de hierro.
En 1.931 las misivas son al
contrario. La Junta de Regantes de Caparroso solicita del director de caminos
autorización para transportar un barco por carretera. Las avenidas del río Aragón
de diciembre de 1.930 han arrastrado el barco pedrero que tiene la Comunidad de
regantes depositado en la presa de Santacara y según gestiones practicadas ha
aparecido en un soto de la jurisdicción de Milagro. Para conducirlo a su punto
no existe otro medio que el sacarlo del río en el puente de Milagro y transportarlo
por carretera hasta Santacara en un carromato de cuatro ruedas y apropiado para
ello. Como se trata de un transporte extraordinario, puesto que el barco mide
unos 11 metros de largo por 3 metros de ancho, solicita la oportuna
autorización para poder verificar el transporte por carretera. Concedido el
permiso se le hicieron las advertencias consiguientes para que al verificar el
transporte no se cause extorsión a la circulación pública, teniendo gran
precaución en todo el trayecto a recorrer y de una manera especial en las
curvas cerradas.
*Pie: 27’86 cm.
V.
LIMPIEZA DE LA ACEQUIA
Según
la sentencia de 1.422 la limpieza, ensanchamiento y afondamiento hasta el suelo
viejo de la parte de la acequia que va desde el bocal hasta la muga, les
corresponde a los de Caparroso y Rada en las dos terceras partes, y la otra a los
de Santacara. El tramo de acequia que va desde la muga en yuso (abajo) hasta el
molino harinero y sierra, a los de Caparroso y Rada les tocan las tres cuartas partes
y la otra a los de Santacara.
Es
en 1.577 cuando se concretan algunos de los aspectos de la limpieza. En
adelante se haya de limpiar la acequia de Bayunga del lodo y escombros que en
ella habrá dos veces cada año, una por el mes de mayo y otra por el de agosto;
para ello, por orden de los tres concejos, se cerrará muy bien el bocal del río
caudal de donde se toma el agua, de manera que no pueda pasar ni bajar agua. La
limpia de mayo durará 8 días de trabajo y 20 la de agosto. La duración de las
limpiezas se pueden alargar o acortar dependiendo de las circunstancias
atmosféricas o de otra índole. En las dos limpiezas comentan que se emplean
2.500 peones porque la acequia tiene dos leguas y media; una legua es lo que se
anda en una hora, que son 5.233 metros, lo que daría una longitud de 13 Km. A
veces se arrienda la limpieza de la acequia y otras se realiza con peones de
las tres comunidades.
¿Cómo
se repartía la limpieza? En 1.630, una vez llegados los regimientos al bocal,
se echaba a suertes el orden de entrada de cada concejo en la limpieza de la
porción que le correspondía, en cada uno de los tramos. Aquel año le
correspondió el primer trozo a Santacara, quien se obstinó en que solamente la
debía hacer en 10 varas (1/4) en cada tramo de 40 varas, mientras Caparroso
sostenía que la debía realizar en 15 varas (1/3) en cada tramo de 45 varas. Tras
el correspondiente desencuentro se llegó al acuerdo de que Santacara limpiase
12 varas de 42. (28’50 %)
Según las Ordenanzas de la Comunidad de
Regantes de 9 de febrero de 1.942, el cauce principal tiene una capacidad
inicial para 3.500 litros por segundo. Desde la presa del río Aragón hasta la
Central eléctrica, pertenece este cauce a Caparroso en el 70 %; siendo una
séptima parte (15 %) de Santacara; y otra sexta parte (15 %) del Compromiso de
Rada. Desde la Central eléctrica hasta la Presilla sobre el río Cidacos, el
cauce pertenece a Caparroso en sus cinco sextas partes y al Compromiso de Rada en
una sexta parte. Desde la Presilla hasta el límite de Peralta, el cauce general
pertenece por completo a Caparroso. Desde la entrada del río en término de
Peralta (Río Mayor) hasta el final, el cauce es de los regantes de los términos
Torrenueva, Torrevieja y Vallorcín de Peralta y de la finca “La Torre de
Coscojeta”.
Entre
las complicaciones en este asunto tenemos que en 1.577 Caparroso está en pleito
con la villa de Santacara y Compromiso de Rada en razón a que, entre otras
cosas, el año anterior, estando sus vecinos haciendo la limpia general del río
Bayunga en la parte de su jurisdicción, los de Santacara y Compromiso, bien por
hacerles daño o por afán de regar sus heredades o moler, les rompieron la
traviesa que cortaba el paso del agua y la echaron río abajo, de lo cual
redundó un gran daño a Caparroso porque tuvo que cesar la limpia.
Sin
embargo, en junio de 1.582 es la villa de Santacara y vecinos del Compromiso
los que requieren al alcalde de Caparroso se haga la limpieza de la acequia, ya
que no se hizo la del mes de mayo y está completamente ciego el canal, con el
correspondiente perjuicio tanto en el riego de las heredades como en no poder
mover el molino.
Lógicamente
los más vigilados eran los de Santacara, por estar los primeros en el riego,
pudiendo abrir las tajaderas para regar sus campos, bien de día o de noche.
Para contrarrestar esto, los de Caparroso ponían guardas que vigilaban las
aguas río arriba en los días que les correspondían a ellos, con el fin de que
no les cortasen el agua. Si pillaban algún infractor les solían tomar una
prenda: bien una manta, azada, ganado, sábanas, etc. celebrando posteriormente el
juicio e imponiendo la pena correspondiente; ésta era dividida en tres partes,
para el denunciante, la villa y el Rey. El juez era el alcalde jurisdiccional
donde se había cometido el delito, lo que beneficiaba a veces a los de
Santacara, pues se supone que el alcalde sería más condescendiente con sus
vecinos.
*Vara: 0’785 metros.
V.1. El bocal
En 1.661 las
villas han acordado construir en el principio y donde nace la acequia un bocal
de piedra picada con sus paraderas y llave, para con ello evitar los daños que
se han experimentado a causa del fuerte golpe de agua que en las grandes
avenidas del río Aragón entra por la acequia, respecto de no tener el bocal
disposición de impedirlo, habiendo ocurrido desgracias en los peones de las
obras y limpieza de la acequia o en las heredades de sus términos.
Entre el condicionado para su construcción se recoge que se ha de
levantar una casita, quedando las paredes en cuadro y de allí arriba ha de
llevar media naranja de ladrillo o de piedra mampostina. Se instalarán dentro
de la casita las dos paraderas que serán elevadas con torno, colocando su
puerta y llave correspondiente. Finalmente se ha de levantar un parapeto
instalando un rastrillo de madera, para recibir la viscosidad que trajere el
río.
Con la finalidad de regir el bocal han de nombrar persona con título
de guarda juramentado por el alcalde donde estuviera domiciliada la persona
nombrada. Su tarea consistirá en bajar las paraderas que están
en el bocal en el tiempo que crece el río Aragón y cuando él baja, volverlas a
subir, de modo que fluya de continuo por el río Bayunga dos muelas de agua. Para
mayor seguridad se hayan de poner dos llaves, de manera que con cada una de
ellas se pueda abrir la caseta de las paraderas,
una la tendrá el guarda y la otra el alcalde de Caparroso.
Otros
reparos en el bocal. En enero de 1.793 comienzan los trámites para la ejecución de la casilla, templadera y paraderas del
río Bayunga y en mayo de 1.847 las villas obtienen un préstamo de 16.658 reales
fuertes para ejecutar la obra consistente en murallas, caseta y paraderas en la
embocadura de la acequia Bayunga para contener el excesivo caudal de agua que
se introduce en la acequia en las avenidas del río Aragón.
V.2. Cesión de un día de riego
La villa de Santacara había manifestado a Caparroso y
Compromiso de Rada que por causa de las fuertes y repetidas avenidas del río
Aragón, les había sido arrebatado la mayor parte de su regadío y no pudiendo
soportar los gastos que ocurrían en el sostenimiento del cauce de la acequia
Bayunga en la proporción que en el día se efectuaba, por su corto número de
robadas que les quedaban, estaba presto a ceder uno de los dos días que les
correspondía regar a los otros congozantes, cargándose a su vez con la séptima
parte de gastos que correspondían y quedándose Santacara con el otro día de
agua.
Conociendo lo justo de esa pretensión, Caparroso expone le
convendría aumentar el derecho de aguas que poseía porque también se había
aumentado el regadío y se habían mejorado las labores de toda su extensión. Por
su parte, el Compromiso pidió participar en la reunión como interesado en el
regadío Bayunga, para conocer el modo y forma de ceder ese día de agua. (El
designado para acudir al acuerdo es Fausto Zalduendo, regidor del Compromiso de
Rada, siendo Pedro de Ciraco, Gabriel del Villar, Anselmo Pascual y José
Maldonado los componentes del Compromiso que asistieron a la elección de
Zalduendo como su representante)
Llegado
el día se reunieron las representaciones de las tres entidades en el corral de
Campo Rada, con objeto de tratar las bases con que debía verificarse la cesión
y, después de haber conferenciado sobre el particular se convinieron en lo
siguiente:
1º El pueblo de Santacara cede al de Caparroso uno de los dos
días de agua que le pertenecen y es el miércoles desde salir el sol hasta el
jueves a igual hora, para que Caparroso disponga y goce de ella exclusivamente,
como suya propia, sin que los de Santacara puedan usar de ella, ni otro
ninguno; quedándose Santacara con el martes.
2º Santacara se reserva carta de gracia perpetua para poder
volver a tomar para sí el día de agua que cede siempre que las nuevas
roturaciones que pudieran hacerse suban al número de 1.400 robadas, a lo que no
podrá oponerse Caparroso. Pero esta
carta de gracia no podrá llevarse a efecto sin que pasen 14 años a contar desde
el día de la fecha.
3º Si volviese Santacara a entrar otra vez en posesión y goce
del día de agua que hoy ceden y, por volverles el río a llevar la tierra o por
otra causa cualquiera desearan volverla a ceder o vender, haya de ser preferido
Caparroso a cualquier comunidad o particular que la quisiera tomar.
4º Que los de Santacara no hayan de poder pedir a los de
Caparroso cosa alguna por las obras que hay hechas en la acequia y presa hasta
el día de hoy.
5º Además hay otros acuerdos
y compensaciones entre Caparroso y Santacara sobre el aporte de piedras a la
presa que se está realizando y sobre la limpia de la acequia de la parte del
molino arriba.
La
escritura de convenios anterior se firmó el 19 de julio de 1.856.
V.3. Reparto de días de riego
El
reparto de las aguas de la acequia con el fin de regar los pueblos es el
siguiente:
De
la puesta del sol el domingo, a la puesta del sol el lunes, las aguas son del
Compromiso de Rada; las sobrantes de ese día las utiliza Traibuenas.
De
la puesta del sol el lunes a la salida del sol el martes, las aguas corresponden
a Caparroso.
De
la salida de sol el martes a la salida del sol el miércoles, las aguas pertenecen
a Santacara; sus sobrantes son del Compromiso de Rada, y si este Campo deja
sobrantes, las utiliza Traibuenas.
De
la salida del sol el miércoles a la puesta del sol el sábado, las aguas son propiedad
de Caparroso.
De
la puesta del sol el sábado a la puesta del sol el domingo, son las aguas de
Caparroso en su mayor parte y es del término La Torre de Coscojeta la que
discurre por el río Mayor.
Los
terrenos de Torrenueva, Torrevieja y Vallorcín de Peralta, utilizan las aguas
sobrantes que deja Caparroso.
En
la zona de Santacara hay cinco tomas de agua de la acequia Bayunga:
1º
Derivación particular con derecho a riego elevado para 64 robadas de Herederos
del Villar (izquierda de la acequia)
2º
Riego de Punta de los Huertos (izquierda de la acequia)
3º
Riego de las Cañas (derecha de la acequia)
4º
Riego del Campillo (derecha de la acequia)
5º
Riego de los Olmos (izquierda de la acequia)
V.4. Robadas regables
Año |
Santacara |
Compromiso |
Caparroso |
Coscojeta |
Peralta-Tor |
Total |
1.850 |
700 |
--- |
10.500 |
2.000 |
|
15.000 |
1.942 |
1.002 |
3.005 |
12.989 |
2.003 |
2.404 |
21.403 |
1.954 |
|
3.261 |
1.025 |
|
|
25.689 |
1.994 |
3.767 |
7.936 |
13.723 |
5.684 |
31.110 |
El número de robadas
declaradas regables por medio de la acequia Bayunga es muy variable,
dependiendo en gran medida del fin que tuvieran los datos facilitados; no es lo
mismo para un reparto de gastos que para solicitar permiso para la concesión de
un préstamo, donde se intenta ocultar o ampliar su número.
A lo largo del tiempo hay
datos sueltos, pero de una manera dispersa. Hacia 1.850 podemos señalar que Santacara
riega unas 700 robadas; el Compromiso se desconoce; Caparroso unas 10.500
robadas; la finca de Coscojeta 2.000 robadas; siendo el total unas 15.000
robadas.
En
1.942 se adjudican a Santacara 1.002; el Compromiso 3.005; Caparroso 12.989; La
finca “La Torre de Coscojeta” en Peralta, 2.003; Peralta (Torrenueva,
Torrevieja y Vallorcín) 2.404; en total: 22.403 robadas.
En las Ordenanzas de la
Comunidad de 1.954 se añaden, como sin
derecho reconocido, pero con uso de aguas sobrantes en los días y horas
especificados, a la Comunidad del Coto de Traibuenas, con la extensión de 293
hectáreas, o 3.261 robadas. Asimismo, puede usar el riego en cuanto lo haya
disponible, el Soto Comunal de Caparroso, en extensión de 92 hectáreas, o sea,
1.025 robadas.
Finalmente, en el Proyecto
de concentración del regadío de 1.994, aparece Santacara junto con Mélida, con
3.767; Traibuenas con el Compromiso 7.936; la parte regable de Peralta y
Marcilla con 5.684; dando un total de 31.110 robadas.
V.5. El lavadero
En mayo de 1.656
los vecinos de Caparroso se vuelven a quejar de que los de Santacara les
interrumpen el agua y la toman los días que no les corresponden. Además, les
acusan de usarla mal, pues la echan a perder por la rasera o puerto que tienen
abierto en la ermita de Santa Eufemia y lo mismo sucede los días que les
corresponde el riego a Santacara, ya que tienen obligación de devolverla a la
madre una vez hayan acabado de regar sus heredades, y no lo realizan, con la
intención de que pueda moler mejor su molino.
Con el fin de
limar diferencias se reúnen los procuradores de las tres comunidades en la
ermita de San Çolín, sita en el coscojar, término de Traibuenas. Santacara se
defiende argumentando que en las concordias de 1.577 se comprometieron el
Compromiso y Caparroso a fabricar unas gradas de buena piedra junto a la ermita
de Santa Eufemia, para que las mujeres, pudiesen con la mayor comodidad lavar
paños y coger agua sin tener necesidad de ayudarse para ello echando piedras y
escombros. También acordaron poner a nivel una parte de la acequia que está más
baja, lugar por donde se pierde el agua cuando la acequia lleva mayor caudal,
zona por donde se les acusa de dilapidarla, no siendo realmente así, pues son
causas ajenas a su voluntad; las dos obras en proyecto están sin llevarse a
cabo tras 75 años.
Convinieron que
luego, sin ninguna dilación, los de Santacara cierren bien la rasera y puerto
de Santa Eufemia, de suerte que por él no salga ni se pierda el agua y,
Caparroso y Compromiso edifique las gradas del lavadero para mayor comodidad y
seguridad de las mujeres de Santacara.
V.6. Venta de aguas sobrantes a Mélida
En
1.933 el Ayuntamiento de Mélida gestiona con Santacara facilitar el riego a las
746 robadas que componen los sotos del Arenal y La Liria desde la acequia de
Bayunga.
Santacara
está de acuerdo en venderle las aguas sobrantes, pero Caparroso y el Compromiso
no parecen dispuestas a este negocio. La Comunidad de Regantes, en un informe
que solicita ese año, pregunta entre otros temas sobre la cuestión.
Según
la respuesta, resulta que Santacara tiene derecho al riego durante un día
semanal, y el agua sobrante de esos días va al Compromiso que es quien se
aprovecha de la misma. Es indudable, que, si el Compromiso utiliza esa agua
sobrante por haber adquirido su derecho, -y así se dice en la pregunta-, al
vender Santacara a Mélida una sola gota de agua, ese acto, va en perjuicio
directo de Rada, que deja de recibir el agua que vaya a Mélida.
En
tanto Caparroso, adonde va el agua después de Traibuenas, no tiene adquirido
derecho alguno, no puede hacer nada relacionado con esa venta pretendida,
porque no puede alegar derecho alguno, y por consiguiente no se le irroga
ningún perjuicio. Pero no es ese el caso de Rada, sino todo lo contrario. El
agua sobrante es suya y tiene derecho perfecto a que se le entregue toda la que
no emplee Santacara y toda venta que se haga lleva inherente una merma de
caudal en perjuicio directo y evidente, por lo que al Compromiso corresponde
oponerse a esa venta.
13
años más tarde, en 1.946, la Comunidad de Regantes de Bayunga acepta dar el
riego a las 746 robadas de los sotos, 203 de la Liria y 543 del Arenal.
VI. EL MOLINO
Recordemos
que en 1.422 la acequia Bayunga alimentaba en jurisdicción de Santacara dos
molinos: uno harinero y de sierra, del que tenemos constancia, pues ha
permanecido hasta este siglo, y otro, situado más abajo, denominado batán, que
desaparece en estas fechas a causa de la construcción de una nueva acequia que
enlaza con las primitivas usadas por Caparroso y Rada.
En
1.544 se inicia un pleito entre los marqueses de Santacara y los vecinos de la
villa. Reunidos, habían decidido excavar cimientos para levantar un molino a
sus expensas en el término del Campillo, con el perjuicio que eso suponía para
el marqués; quien argumenta que le pertenece por privilegio real y donde hay un
molino de esa categoría no se puede levantar otro.
Vayamos
a los hechos. Los de Santacara se juntaron en concejo el día de los Santos
Inocentes, 28 de diciembre, y acordaron que en oscureciendo fuesen todos con
azadas y los aparejos necesarios para abrir los cimientos del molino concejal
que habían de construir. Después de cenar, se oyeron los tañidos de una campana
de la villa. Salieron todos los vecinos al Campillo, 300 o 400 pasos más abajo
de donde se encuentra el molino del barón, y comenzaron a cavar, diciendo que
allá había de ser el cuerpo del molino.
A unos los mandaron fuesen con dos acémilas a Murillo el Fruto, a casa
del molinero, para que les diese el rodete que tenía hecho para ellos; a otros
enviaron a Murillete en busca de la piedra de encima y a otros ordenaron ir a
Traibuenas, a por las piedras soleras, yeso y toda otra materia.
Gil
de Urniza, administrador del barón, extrañado del ruido exterior, salió a la
calle a ver lo que ocurría y al cabo del rato volvió diciendo que los vecinos
habían ido a abrir los cimientos del molino que querían hacer. Cogió su
cuartago y junto con varios criados, se acercaron hasta el lugar contencioso,
hallando a más de cien hombres cavando y sacando tierra. Urniza les dijo que
aquello no se podía hacer ni defender por armas, sino por razón y justicia. Les
denunció e inhibió por nueva obra y echó piedras a una parte y a otra de los
cimientos.
Marchado
Urniza, los vecinos excavaron un canal en condiciones y profundizaron las obras
comenzadas; para cuando salió el sol ya habían preparado el rodete y estaban
colocadas las piedras de moler. A continuación, al alba, antes de que se
cumpliese un día, echaron trigo, dieron agua y molieron e hicieron harina.
Cumplida la misión, marcharon contentos para sus casas.
Llegado el día del juicio, los vecinos se
defendían señalando que antes que el barón intimase e inhibiese la obra, el
molino estaba ya corriente y moliente y, conforme al fuero de este Reino,
cuando el molino llega a dar tres vueltas alrededor de la rueda en él, no se
puede, por inhibición de nueva obra, demoler la obra levantada ni impedir que
no muela.
Lógicamente,
la sentencia, tanto de la Corte como posterior del Consejo, dictaminó que los
de Santacara derribasen a sus expensas el molino contencioso con todos sus
aparejos.
Pocos días más tarde, la
villa de Santacara solicita que el secretario de la causa no desarrolle la
sentencia, para que no se aumenten las costas, pues están las partes en
concierto. Efectivamente, por la documentación posterior, parece que las
conversaciones llegaron a buen puerto, otorgando entre ambas partes una escritura
de concordia, pactando en que hubiese de ser a medias el molino que entonces
había, así como otro cualquiera que se fabricase y en la misma forma se
costeasen todos los gastos y reparos que se originasen para su manutención
dentro del molino, y los de afuera, que son canales y paraderas, habían de ser
de cuenta de Santacara solamente.
Pasados
más de 300 años en esta situación, el 6 de noviembre de 1.861, el Ayuntamiento
de Santacara, forma la relación de fincas urbanas pertenecientes a sus propios,
con el fin de proceder a su desamortización por medio de venta en subasta
pública. Entre ellas, además de cuatro corrales de acubilar ganado, aparece el
molino harinero que poseía en comunidad por mitad con el marqués de
Vallehermoso.
Para comienzos de 1.919,
la Junta de Regadío de Caparroso había comprado al marqués de Santacara el
molino harinero por 70.000 pesetas. Su destino, montar una central eléctrica.
Para ello, a partir de febrero, su presidente Jacinto Arana, emprendió diversas
comunicaciones y gestiones con la compañía “Múgica Arellano y Cía, ingenieros”
para el estudio del montaje y posterior compra de turbinas, alternadores,
transformadores, elevadores y reductores, que finalmente se adquirieron en
Ginebra.
Se financia en parte con
aportaciones de vecinos de Caparroso. En 1.941 existe una relación de 39
vecinos que tienen entregadas 206.000 pesetas que les renta un 5 % anual.
La Central cuenta en Caparroso con 650 abonados y en Santacara con 270, alimentando un total de 1.390 lámparas eléctricas y aportando energía a varias industrias en Caparroso, como son panaderías, talleres de construcción de carruajes, serrería mecánica, fábrica de yeso, fábrica de hielo, elevación de agua; y en Santacara elevación de agua.
En julio de 1.969, tras el
cierre de la Central, se inicia por la Junta de Regadío de Caparroso, la
subasta a pliego cerrado del material y aparatos existentes en la Electra. Tras
fracasar varias subastas, pues pretendían cantidades superiores a 100.000
pesetas, es un empresario de Barcelona
el que se la queda por la cantidad de 70.000 pesetas.
El viejo molino,
abandonado y amenazando ruina, fue demolido en 2.005.
Santacara,
27 de marzo de 2.024