domingo, 17 de marzo de 2013

CUENTAS DE UXUE DE 1.810


Algunos apuntes de las cuentas de Ujué 
del año 1.810 


Reunido el 6 de abril de 1.911 el Gobierno de la primera mitad del año 1.810, Miguel Josef Ochoa, don Pedro Azpíroz, Josef Ramón Eraso, Joaquín Irigarai y Sebastián de Urbiola, alcalde y regidores; los de la otra mitad del año, el mismo Miguel Josef Ochoa, alcalde, Jorge del Villar, Ramón Jurío y Pedro Iriarte, regidores; y los de este presente año, Miguel Jurío, Josef Antonio Iriarte, Benito Íñigo, Francisco Nicolay y Nicolás Bustince, alcalde y regidores, siendo el Depositario Joaquín de Irigaray, si dieron las siguientes cuentas:

CARGOS:
+ Por escritura de 20-6-1.810 vendió la villa, con acuerdo de la Veintena, la casa en que vivían la maestra y el herrero, para acudir a la paga de los muchos gastos que ocurrían, a favor de Josef Ramón Berrade, vecino de esta villa, en la cantidad de 5.040 reales fuertes y 24 maravedíes;  habiéndole tomado por cuenta de ellos 2.520 reales fuertes importe de 72 irascos que dio a la villa y se gastaron en raciones, reflejado en la partida nº 103, y por razón de las circunstancias del tiempo le condonaron 240 reales, restando a deber con deducción de ellos,  2.280 reales fuertes y 24 maravedíes.
+ Venta de la casa o habitación que la villa tenía de Juan Pedro Zaratiegui, a favor de Josef María Clavería, precedente tasación y con acuerdo de la Veintena, que son 1.043 reales fuertes.

DESCARGOS:
Nº 23. Pagados 60 reales fuertes a Antonio Latorre, escribano, vecino de Tafalla, por su derechos de la información y resulta o extracto de ella, que recibió con motivo de la muerte de Jerónimo Ongay.
Nº 24. Pagados 3 reales fuertes a Antonio Arregui, pregonero de esta villa, por la convocatoria de testigos para la dicha información.
Nº 25. Pagados 64 reales fuertes como es 40 a Josef Oneca, maestro cirujano conducido en San Martín de Unx y los 24 restantes a Joaquín Iriarte Osta, que lo es de Ujué, por su trabajo de la disección anatómica que hicieron con el cadáver de dicho Ongay.
+ Pagados 24 reales fuertes a don Mariano Bayo, por el sermón que predicó el día de Santa Teresa, en que se celebra en esta villa la Traslación de Nuestra Señora.
+ Por la escasez de agua del Molino, se despidió al molinero que había, lo cual era perjudicial, respecto de que el salario era mucho y la utilidad ninguna.
+ Pagados 25 reales fuertes a Francisco Ibáñez, vecino de esta villa, los mismos que tuvo de coste el título de alcalde que en el año de estas cuentas se expidió en el mismo.
+ nº 77. Aparte de otras pequeñas cantidades más. Gastados 1.389 reales fuertes con las tropas francesas en las ocasiones que estuvieron en esta villa.
+ nº 78. Gastados 4.703 reales fuertes pagados por el vino que durante dicho año gastaron las tropas de voluntarios.
+ nº 79. Gastados 2.613 reales fuertes que han importado los gastos de oficiales voluntarios y soldados, del mismo año.
+ nº 80. Gastados 4.772 reales fuertes y 31 maravedíes que han importado las raciones de carne que el mismo año dio la cortadora a dichas tropas.
+ nº 82 Gastados 303 reales fuertes importe de las alpargatas que en dicho año se dieron a las tropas.
+ nº 85. Pagados 660 reales fuertes al alcalde, teniente y regidores de dicho año, los mismos se han adjudicado por los meses que se ocuparon en las muchas diligencias extraordinarias que ocurrieron en el pueblo con motivo de la guerra, a razón de peseta por cada un día, previniendo que fueron con mucho exceso más, pero en atención a los muchos gastos que se ocurren a la villa, han cargado las dietas con la mayor equidad.

CARGO TOTAL: 19.271 reales sencillos.
DESCARGO TOTAL: 38.417 reales sencillos

* Advertencias del Fiscal a las cuentas de 1.810 de la villa de Uxue.
Las partidas nº 23, 24 y 25 del Descargo que suman en total 127 reales fuertes deben recobrarse si aun no se ha hecho de los reos si los hubo y tienen bienes, y cuando no, debe la villa y depositario hacerlo constar y practicarse en el primer caso las diligencias correspondientes de responsabilidad.

* Respuesta de la Villa al Fiscal.
Las cantidades datadas en los números 23, 24 y 25 ni se han recobrado ni cabe recobro por no haber resultado reo de la muerte de Jerónimo Ongay, motivo por el cual existe el proceso sin curso en Vuestra Corte.


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