domingo, 5 de noviembre de 2023

REPORTAJE DE BODA (Diario de Navarra, 23 de febrero de 1929)




 

domingo, 3 de septiembre de 2023

 03 de septiembre de 2023

¡MALDITA BODA! PECHAS, RENTAS Y CRÉDITOS

Recordemos, Carlos III el Noble, en el año 1.424, ante el compromiso de matrimonio de su sobrino bastardo Felipe de Navarra con Joana de Peralta, le dota con 3.500 florines de oro del cuño de Aragón. Como era habitual, el rey no tenía dinero “contante y sonante” por lo que le ofrece a cambio todas las pechas y tributos en trigo, cebada y dineros de los lugares de Murillo el Fruto, Santacara y Pitillas.

Pechas (aproximadamente 1.424-1.610)

En estos lugares había unas tierras y casas pecheras. Sus dueños pagaban al rey cada año unas cantidades de productos a modo de contribución. En concreto la cantidad pagada por los pecheros de Pitillas era de 235 robos de trigo (5.170 kilos), otros tantos de cebada (4.230 kilos) y 18 florines cada año.

Estas tierras pecheras estaban enclavadas en la parte que correspondía a los propios de la villa, en contraposición a lo que serían los comunes; en las proximidades del pueblo, a lo largo del río Cidacos, es decir, lo que se conocía como “el regadío”. Como cabe suponer eran las tierras más productivas y seguras.

En 1.535, el regimiento de la villa, contestando a una encuesta que se le hace, señala que hay unos 30 vecinos pecheros. Posteriormente, en 1.577, existe un Memorial de lo que se debe a la marquesa de Cortes por la pecha, quién y cuánto debe en especie y en dineros, y resultan 52 pecheros. El cambio de número de vecinos pecheros no influye en la cantidad total a aportar, siempre es la misma.

 

¿Cómo se realiza el pago de las pechas? Cuando se nombraba el Ayuntamiento, el último de los regidores o concejales elegido de origen pechero, era designado Colector. Al acercarse la fecha de hacer la entrega de la pecha al marqués, el colector recibía del Ayuntamiento la lista de las personas pecheras, donde se indicaba la cantidad de grano y dineros que tenía asignada cada uno.

Además, el alcalde publicaba bando anunciando los días en que se debía realizar la entrega de la pecha al colector y el lugar donde había que depositar los cereales. Lo habitual es que la entrega de productos fuese en un granero propiedad del municipio, aunque a veces, si el colector poseía y quería, se designaba el suyo.

Finalmente, el alcalde entregaba al colector un poder ejecutivo para que con él tomase posesión de los bienes muebles o inmuebles de los campesinos que se negaban a pagar la pecha asignada.

Una vez recogido todo el producto o parte de él, a criterio del colector, éste, mediante carros tirados por ganados, se encargaba de llevarlo al palacio de Pitillas o la mayoría de las veces al palacio que poseía en Olite, según órdenes del administrador del marqués. La fecha de entrega era para el día de San Miguel, 29 de septiembre.

Este corto relato está lleno de incidencias y pleitos que jalonan los 175 años que pervivió este sistema de recogida de pechas.  Entre los sucesos más destacados se pueden citar: nombramiento de colector no pechero-pechero, incompetencia del colector para desarrollar el cargo, negligencia en el desarrollo del cargo, sobre la calidad del grano entregado, dudas de si la pecha es colectiva o individual, falta de pagos por malas cosechas, embargos a los pecheros, petición de créditos para pagar la pecha anual, hipoteca de bienes municipales y su correspondiente queja de los hijosdalgo-francos, ejecutorias del marqués sobre los bienes de la villa por falta de pagos, y quejas de los no pecheros, pleitos entre vecinos de diferentes estados (pecheros-nobles), etc.

Mientras tanto, el marqués y sus herederos, desde que adquirió su palacio y pequeñas heredades de la Casa de Roncesvalles, se interesó por algunas de las grandes fincas libres que poseían los habitantes de Pitillas, con las que fue formando un patrimonio propio alrededor del Palacio.

Así tenemos constancia de que en el año 1.510 firma una escritura de compra de una viña en Los Majuelos. Pero es a finales de 1.539 cuando adquiere la joya. Por medio de una escritura de trueque, Bertol de Bayo, alcayde de la villa y fortaleza de Cortes, en nombre del marqués, adquiere de Mateo Çuría un cerrado y viña de cincuenta peonadas (unas 22 robadas), junto con la casa y palomar (posiblemente el mal asignado al palacio del marqués) que están dentro de dicho terreno; este es el origen del llamado “Cerrado”. Para entonces ya había adquirido de Pero García, la llamada “pieza grande”, que en 1.546 la une con la anterior. Posteriormente es plantada de vid y olivos y cerrada a “cal y canto”. Para completar la cerrazón de la finca, en 1.550 le añade una portalada, la que en enero de 1.886 es trasladada al atrio de la iglesia, frente al Ayuntamiento, añadiéndole dos especies de avellanas en la parte superior, pasando la que ocupaba este lugar al poniente del mismo, formando los tres accesos actuales a la iglesia.

Mal que bien, a pesar de los problemas arriba citados, se van pagando las pechas hasta los primeros años del siglo XVII en que durante dos años seguidos deja de pagarse la pecha.  Ocasión que aprovechó el marqués para pedir la ejecución de los bienes cargosos que originaban la deuda. Las fincas y casas fueron rematadas en favor de en una persona puesta por el marqués. Tras el desahucio faltaba otro requisito, permiso para entrar en su posesión. Concedido el mandamiento de posesión consistente en abrir y cerrar puertas y ventanas, pasear por las fincas, arrancar plantas, tirar tormos, etc., se suspende el acto por oponerse a ello Pedro Negarra y Joana Miguel, viuda de Miguel Salvador. Ambos señalan que ellos han pagado los robos de trigo, cebada y dineros que les corresponden por las piezas pecheras que poseen y, por otra parte, la pecha de los labradores de Pitillas no es mancomunada sino individual, conforme a las tierras y posesiones pecheras que cada uno tiene. Para demostrar lo dicho, Negarra presenta un recibo de pago del año 1.607, uno de los años en que el marqués señalaba no se le había pagado la pecha.

En resumen, el marqués se apoderó desde entonces de todas las tierras pecheras de Pitillas. Solamente dos héroes pecheros resistieron, Negarra y Joana Miguel; aunque la verdad, no tardaron mucho en caer sus propiedades en manos del marqués, en estos casos por falta de sucesores que quisieran continuar cultivando las heredades. Algunos vecinos de Pitillas, cuatro siglos después, aún recuerdan la “finca Negarra”, camino de Beire, a la derecha.

Rentas (1.616-1.928)

¿Qué ocurrió en estos tres siglos, XVII-XIX? Con el fin de poner estas tierras a renta, el marqués tomó la decisión de organizar esta multitud de fincas pecheras en doce quiñones (lotes de tierra), dejando aparte las fincas compradas por él, las señaladas como “anejas” al Palacio (Cerrado y Huerta) y los casos pecheros de Negarra y Salvador, que como vimos se resistieron en principio a su enajenación, terminando finalmente también en su poder. Esto lo llevó a la práctica en 1.616. Cada quiñón estaba formado por algo más de 100 robadas de tierra blanca repartidas en unas 25-30 fincas de tierra blanca no contiguas; y de, unas 5 robadas de viña, en dos piezas.

De toda esta nueva organización se aprovechó, evidentemente el marqués que se aseguró el cobro de las rentas, pero también los vecinos más ricos, pues fueron los que pudieron tomar las tierras en arriendo, al contrario de lo que ocurría antes, que los dueños eran la gente más humilde. El nuevo propietario puso en arriendo los quiñones, bien por enteros, mitades o cuartos. El periodo del arriendo era de un número par de años (4, 6 u 8 como mucho), pues la tierra blanca se dividía en dos hojas, cultivando cada año una de ellas. El canon a pagar fue variable, de 30 a 48 robos de trigo al año por quiñón, puestos en el palacio, para el día de Nuestra Señora de agosto. El marqués les adelantaba 12 robos de trigo por cada quiñón para que pudiesen sembrar, cantidad que había que devolver junto con el canon.

Entre las condiciones establecidas en el arriendo aparecen las siguientes: “Deberán cerrar y bardar las motas de las viñas y conservarlas en el ser y estado en que se les entreguen y deberán dar las labores necesarias de podar, cavar, morgonar y chinquillar en su tiempo”, veremos que esto no se cumplió; “el último año dejarán desocupado la mitad del quiñón para que los nuevos arrendadores entren a barbechar”; se arriendan a “todo riesgo y peligro de hielo, seca, muchedumbre de agua y otro cualesquiera caso fortuito y no fortuito, pensado y no pensado, excepto de piedra, en cuyo caso se nombrarán dos personas en representación de ambas partes para que evalúen los daños producidos, cuyo importe se retraerá de la arrendación”; “deberán los arrendadores hacer la limpieza de las acequias, brazales y escorredores que les corresponda”.

El arriendo de los quiñones correspondiente a 1.894  se hizo a favor de los quiñoneros, como así se les conocía, Francisco Tanco Pérez, Juan Pejenaute Lebrero, Ramón Esandi Elduayen, Francisco Esparza Zapata, Julián Sagardoy Oneca, Valentín Chiquirrín Izal, Fructuoso Lucus Lucus, Segundo Ayerra Musgo, Eugenio Jaurrieta Arbe, Eugenio Ayerdi Arizpeleta, Isidro Martínez Sagardoy, María Pérez Ayerdi y Bernardo Aristu Iriarte, por 48 robos de trigo anuales puestos en el palacio de Traibuenas.

Como se ha dicha antes, aparte de los quiñones se arrendaba la pecha del “caso Salvador” que estaba compuesta de dos casas, una de ellas servía de pajar y tenía dos corrales descubiertos, 19 piezas de tierra blanca con un total de 43’50 robadas y una viña de 5 peonadas. Se arrendaba con las mismas condiciones que los quiñones, por 19 robos de trigo. La pecha del “caso Negarra” estaba compuesta de 6 piezas de tierra blanca, con un total de 18’50 robadas y 2 viñas, en total 8 peonadas; se arrendaba por unos 7 robos de trigo.

El arriendo del “Cerrado, viña y olivar”, con una extensión de 70 robadas, solía hacerse por periodos de 4 o 6 años, de Navidad a Navidad, por unos 8 a 14 ducados pagaderos a fin de año. Habitualmente eran cuatro los arrendadores.

La extensión de viña fue perdiendo peso a lo largo de este tiempo; se pasó de cerrar las viñas para que no entrasen ganados ni personas ajenas, a casi un total abandono, convirtiéndolas en tierra blanca. La medida utilizada para calcular la viña era la peonada que correspondía a algo menos de media robada o 350 cepas. Si en 1.640 el “Cerrado” contaba con 80 peonadas de viña, (unas 40 robadas o 28.000 cepas), en 1.722 se señala que tiene 12.792 cepas (37 peonadas) de muy buena calidad, bien podadas y trabajadas, 10 nogales grandes y 9 mimbrales grandes y pequeños; 20 años después se señala que es tierra blanca. Cosa contraria ocurre con el olivar que crece a lo largo de la primera mitad del siglo XVIII, pasando de 112 matas de olivo a 173 y de 266 plantas a 450 pies o planzones.

Entre las condiciones impuestas en el arriendo del Cerrado se citan “el deber de tener cerradas las puertas fuera del tiempo de vendimia y realización de las labores, para que no entre ningún tipo de ganado, excepto el de los renteros en el momento de sacar los frutos y realizar las labores” y el que “se les haya de dar a los renteros laco, prensas y cubillo y cubas que hubiere en el Palacio para beneficiar la uva”.

El espacio dedicado a viña en los quiñones sigue la misma suerte que en el “Cerrado”. A finales del XVII había 114 peonadas localizadas en La Presa, el Parral y los Majuelos. Hacia el año 1.720, solamente quedan 32 peonadas; las viñas de La Presa habían desaparecido totalmente para convertirse en tierra blanca. En los siguientes dos años el proceso continúa, son arrancadas más de 2.700 cepas, casi 8 peonadas.

Otra de las fincas que el marqués pone en arriendo es “La Huerta”. Su extensión es de 2 cargas de tierra (12 robadas) y contiene árboles fructíferos. Se arrienda por 4, 6 y hasta 10 años, comenzando en Navidad. Afronta por una parte con camino de Pitillas a Murillo el Cuende, por otra parte, a “Cerrado” de dicho Estado y río Cidacos. El arrendatario se obliga a mantener las puertas, cerrajas y llave buenas y a satisfacción; a conservar a su cargo las paredes y bardas en el ser que están; solamente cuando sean destruidas por avenidas serán a cargo del marqués. Se obligan a plantar en cada año varios árboles frutales, que sean de camuesos (una variedad de manzano), perales o manzanos; también se obliga a reparar los portillos que hay y cerrar de barda todo lo que no lo tuviere y limpiar las acequias. En diferentes momentos se habla de otras clases de árboles, como nogales, peros, manzanos, cerezos, guindos, ciruelos, higueras, melocotoneros y avellanos.

El 26 de agosto de 1.837 se promulga la ley de abolición de los señoríos y por tanto de las pechas. Murillo el Fruto, pueblo unido a Pitillas en su reivindicación de independencia del Estado de Cortes durante 400 años, inicia un pleito contra Pedro Ciraco, administrador de los ahora Duque de Granada de Ega, con el fin de dejar de pagar la pecha de 210 robos de trigo, otros tantos de cebada y 20 reales flojos que aportaba. Aunque la sentencia del Juez de Primera Instancia de Tafalla es desfavorable para el pueblo, es recurrida y revocada por la Audiencia de Pamplona el 16 de octubre de 1.845, entendiéndose la abolición del pago de la pecha desde la promulgación de la ley. Por tanto, Murillo, que había seguido pagando la pecha desde el principio, deja de hacerlo. Soluciona su problema de las pechas un siglo antes que Pitillas, manteniendo además las fincas los dueños que las cultivaban y no teniendo que pagar su rescate.

 

Dos años después, Pitillas quiere aprovecharse de la situación y demanda juicio de conciliación al administrador del duque sobre aclaración de la pecha, pues dice que ésta gravitaba sobre la villa y Veintena (estaba claro que era sobre los dueños de las tierras pecheras como se demostró en los casos Negarra y Salvador). Incluso más, el Ayuntamiento se apodera de 498 robos de trigo procedentes de las rentas que los quiñoneros debían al duque por las tierras que poseía en la villa. En el expediente formado en el juicio se manda devolverlos, como así se hizo, teniendo además que pagar los gastos.

Créditos (1.929-1.939)

Según el Catastro municipal, en el primer cuarto del siglo XX, la tierra regable eventual en Pitillas (sujeta al caudal del río Cidacos) era de unas 3.600 robadas. De ellas, los herederos del duque de Granada de Ega poseían 1.494 robadas y 8 almutadas. Si a estas añadimos las 665 robadas que cultivaba Goñi, las 332 de Marco y las 253 de Iriarte, tenemos un total de 2.744, quedando unas 856 para repartir hipotéticamente entre el resto del vecindario. La situación del campesinado era particularmente angustiosa por falta de trabajo y tierras productivas que cultivar. Por otro lado, el pueblo necesitaba extender su casco urbano con nuevas casas, más amplias y mejor dotadas, pues el número de habitantes había crecido de forma rápida desde inicio del siglo XX (1.416 habitantes de hecho en 1910 o 1.401 de derecho en 1920), pero se encontraba con que las zonas ampliables pertenecían al duque.

A principios del año 1928 llegan rumores a oídos del Ayuntamiento de que los herederos del duque, Francisco Javier Azlor Aragón, conde del Real, y Marcelino Azlor, marqués de Narros, desean vender las fincas que poseen (lo habían hecho en Lerga). ¡Era la solución! Por ello, inmediatamente escriben solicitando información. La respuesta del contador general Enrique Chiglione Candela, desde Ferraz 16, en Madrid, es un jarro de agua fría:”esos rumores son totalmente falsos”.

El Ayuntamiento no ceja en su empeño y en octubre de 1928 ofrece por todas las pertenencias del duque en Pitillas 200.000 pesetas. Los herederos piden 25.000 pesetas más, que el Ayuntamiento y Veintena aceptan y para su compra aprueban un presupuesto extraordinario, con el voto en contra de Narciso León (administrador de los Goñi). El plan consistía en tomar a préstamo, al 6 %, las 225.000 pesetas; reintegrar 100.000 el primer año, obtenidas con el producto de las ventas al contado de las parcelas y pagar el resto en 25 anualidades, de 5.000 pesetas, las que se obtendrán con el producto de ventas de parcelas sucesivas, arriendo de hierbas y aprovechamientos forestales. Tras la pertinente aprobación de la Diputación, son facultados para realizar estos trámites el alcalde Pedro Pascual Goñi, Lucio Bengoechea y José Abete.

Las propiedades a comprar consistían en unas 1.500 robadas repartidas en 71 fincas, según la escritura de préstamo, situadas en Aguilar, Los Altos, Arenales, Bajada al río, Barrancaz, Bocal Calzada, Camino del Prado, Carra Beire, Carra Miranda, Carra Murillo, Carra San Martín, el Cerrado del Palacio, Girones, Huerto Chupía, Landillas, Majuelos, La Plana, La Pola, Prado de Abajo, El Puente, El Raso, Río Chico, Santa Ana, Setera y Val de López; y una casa en la plaza Consistorial.

El 22 de diciembre de 1928, el alcalde firma la escritura de préstamo de 225.000 pesetas, al 6 %, otorgadas por Nicolás Díaz Moreno, vecino de Peralta, ante el notario Ramón Ferreiro Lago.

Un año más tarde, cuando tienen que pagar las 100.000 pesetas, se dan cuenta que el plan de amortización previsto es inviable y proponen otro, que es más ventajoso para el vecindario, como es amortizar el capital en 10 anualidades, representadas por el 10 % del préstamo, más el interés del 6 %. Es aceptado por el prestamista y aprobado por Diputación, pero la escritura no se firma hasta el 4 de noviembre de 1930 ante el notario de Peralta Federico Oficialdegui, por el alcalde Ramón Ibáñez Esparza, asistido de los concejales Cesáreo Otazu Esparza y Pablo Sada Ochoa de Zabalegui.

En julio de 1929 se establece el condicionado a que han de sujetarse los vecinos que deseen adquirir parcelas del Regadío-Duque. Consta de 15 artículos entre los que destaca la retención por parte del Ayuntamiento de ciertos espacios como el canto río para reserva forestal, una pieza junto a la Laguna, terreno para el pozo de la Carra Beire, campo de fútbol, huerta del Colegio, corral de la Dula, espacios comunes y la hierba, bajo el pago de un canon. Las condiciones para los solicitantes eran las de formar una familia y estar al corriente en el pago de las contribuciones. Al final son 237 solicitudes aceptadas.

Federico Ruiz hace una solicitud de compra de la casa situada en la plaza Consistorial bajo el tipo de 3.000 pesetas. Se acepta la oferta y se propone una subasta que se celebra en enero de 1929, quedando definitivamente en Jesús Sagardoy Musgo por la citada cantidad. Esta casa le correspondía a Pedro Erdociáin, que era el guarda jurado de la fincas del duque, quien a su vez la arrendaba por 150 pesetas al año.

Mientras tanto había sido nombrado el perito Saturnino Sola Galarza para que realizase la medición, clasificación y parcelación de los terrenos adquiridos. Una vez medidos dan una extensión de 1.504 robadas. A continuación se nombra una comisión formada por el alcalde Pedro Pascual, los concejales Orencio Sagardoy, Patricio Oroz y Manuel Jané y los prácticos señores Belza y Oneca, que en unión del perito, efectuaron la clasificación de los terrenos en tres clases: primera, segunda y tercera. Luego se acordó marcar algunos caminos generales con objeto de facilitar el acceso al mayor número de parcelas posible, sin hacer caso de las propiedades ajenas que se encontraban a su paso, pero desde luego procurando perjudicarles lo menos posible, para en el caso de que los dueños de dichas propiedades no se avinieran a un arreglo con el Ayuntamiento, ir a la expropiación forzosa.

Descontado el terreno reservado por el Ayuntamiento, caminos y acequias, queda un total de 1.464 robadas (477 de primera, 648 de segunda, 271 de primera y 66 para solares). Por ello, a cada peticionario se le da un  lote formado por 4 fincas (2 robadas de primera, 2 robadas y 12 almutadas de segunda y una robada y 2 almutadas de tercera, en total 5 robadas y 14 almutadas de terreno cultivable, más 250 metros cuadrados de vago o solar para edificar).

Una vez marcadas las parcelas, el Ayuntamiento consideró oportuno y de conveniencia general hacer el trazado de las nuevas acequias y la reforma de otras, antes del sorteo de los lotes, para lo cual organizó unas brigadas que se encargaron de realizar dicha labor, publicando bando a fin de que todo el que desease pudiera trabajar en esta obra con el jornal diario de 4’50 pesetas.

En las dos primeras anualidades correspondió pagar unas 152 pesetas cada una; posteriormente las cuotas bajaron pues se iba debiendo menos capital. La situación de los obreros agrícolas no había mejorado gran cosa, de hecho, a finales de 1932, la UGT se queja de que los trabajadores del Centro Agrario les pidieron colaboración para mandar una instancia conjunta al Ayuntamiento pidiendo prórroga de un año en el pago del plazo por la tierra del regadío. El pago de la sexta cuota, diciembre de 1934, hay que negociarla con el prestamista, pues solo se había cobrado a su tiempo la de 174 lotes. La siguiente anualidad supera negativamente lo recaudado el año anterior, solo 110 familias habían pagado.

Hasta la firma definitiva de escrituras, suceden toda clase de vicisitudes: multas por pagos de la cuota fuera de plazo, nuevas mediciones con multa por haber corrido las mugas, nuevas solicitudes de lotes, impago de cuotas, amenazas de incautación con el consiguiente problema de su resolución y subasta de lotes incautados, ventas no oficiales, amenazas con el Agente ejecutivo. En enero de 1935 se establece un condicionado formulado por el Ayuntamiento para la adjudicación de las parcelas incautadas. Entre las condiciones siguen prevaleciendo la de formar fuego, no poseer parcela y estar al corriente de pagos.

En marzo de 1939 se da aviso al Ayuntamiento de que se ha pagado el décimo y último plazo del préstamo otorgado por Díaz y se acuerda proceder a la firma de la escritura de cancelación, hecho que no sucede hasta finales del mismo año. Es al año siguiente cuando al Ayuntamiento solicita permiso a Diputación para poder vender las fincas a los vecinos. En este trámite surge la dificultad de que no todo lo comprado a los herederos del Duque se vende a los vecinos, por lo que se ve obligado el Ayuntamiento a hacer una escritura agrupando en una finca la parte a vender, llamada Regadío de Pitillas, de una cabida de 1.467 robadas. Linda por norte con término de Beire y acequia de Santa Ana; sur con corraliza de Aguilar, fincas de particulares, término de Murillo el Cuende y barranco; este con términos de Dolomondos, Los Altos, Arenales y Val de López; y oeste con camino de Olite, vía férrea, carretera y corraliza de Aguilar. Dentro de su perímetro existen algunas pequeñas parcelas de propiedad particular, que según la mención que de ellos figura en la descripción de las fincas agrupadas, pertenecen a Lorenzo Miranda, Francisco Goñi, Saturnino Iriarte, Vicente Ibáñez y José Iturralde. Comprende 65 fincas de las 71 originales; se excluyen fincas de los Arenales y Val de López. El año 1942 se acuerda inscribir las fincas en las Hojas catastrales de cada dueño.

 

No es hasta el 29 de junio de 1946 cuando se firman las escrituras de propiedad por las que  Ayuntamiento vende a cada uno de los vecinos agraciados el lote de fincas sorteado, adquiriendo todos ellos pleno derecho sobre la tierra.